sábado 27 de julio de 2024
- Edición Nº2061

Sociales | 22 mar 2024

La Plata

Cámara Federal de La Plata declara inconstitucional derogación de Ley de Tierras

Ex combatientes de Malvinas presentaron amparo contra DNU de Javier Milei. Justicia ordena reinstalar Ley de Tierras. Sala III de la Cámara Federal revoca artículo de DNU 70/2023 que derogaba Ley 26.737. Exigen acción urgente en defensa de soberanía nacional.


Por: Info 360

En una decisión que marca un precedente significativo, la Sala III de la Cámara Federal de La Plata ha declarado la inconstitucionalidad de una parte crucial del mega Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) propuesto por el presidente Javier Milei. Esta resolución responde a un amparo presentado por ex combatientes de Malvinas, quienes cuestionaron la derogación de la Ley 26.737 de Tierras, una medida que consideraron perjudicial para la soberanía nacional.

Con el voto unánime de los camaristas Carlos Alberto Vallefín y Roberto Lemos Arias, el tribunal dejó sin efecto el artículo 154 del DNU 70/2023, el cual suprimía la Ley de Tierras. Además, en una medida de alcance colectivo, se ordenó reinstalar dicha ley en el Registro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. La solicitud de tratar el caso con urgencia, realizada hace una semana, ha sido atendida.

El origen de esta decisión se encuentra en un amparo presentado por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM), quienes argumentaron que la derogación de la ley abriría las puertas a la extranjerización de las tierras y a la explotación latifundista, poniendo en riesgo la integridad territorial y la soberanía nacional. La ciudad de La Plata fue una de las primeras en alzar su voz contra el mega DNU de Milei.

Inicialmente, durante la feria judicial, el juez Ernesto Kreplak determinó que el caso era de naturaleza colectiva, lo que llevó a inscribirlo en el registro correspondiente y a emitir una medida cautelar suspendiendo el artículo cuestionado del decreto. Sin embargo, esta medida fue posteriormente revocada por el juez Alberto Recondo, lo que provocó la apelación del caso ante la Cámara Federal de La Plata.

Los jueces de la Cámara reconocieron la legitimidad del CECIM para actuar en defensa de la soberanía nacional, subrayando la importancia de su intervención en la protección de un bien colectivo como la soberanía nacional. Asimismo, criticaron la interpretación restrictiva previa que negaba la legitimidad del CECIM para actuar en este caso.

En su análisis del DNU, el tribunal evaluó los requisitos constitucionales para la emisión de un decreto de necesidad y urgencia, concluyendo que no se habían presentado circunstancias excepcionales que justificaran la omisión del proceso legislativo ordinario. En este sentido, señalaron que el Congreso Nacional estaba plenamente activo durante el período en que se emitió el DNU.

Por estas razones, la Cámara Federal de La Plata declaró la inconstitucionalidad del artículo 154 del DNU 70/2023 y ordenó reinstalar la Ley de Tierras en el Registro de Procesos Colectivos de la Corte Suprema de Justicia. Jerónimo Guerrero Iraola, abogado del CECIM La Plata, expresó su satisfacción por la decisión del tribunal.

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