domingo 06 de julio de 2025
- Edición Nº2405

Salud | 12 nov 2020

El Gobierno legalizó el autocultivo de Cannabis con fines medicinales


A través de un decreto, se estableció la nueva reglamentación de la Ley 27.350 de uso medicinal del cannabis. También se podrán conseguir sus derivados en farmacias.

Por Ezequiel Ian Pérez.

El uso de cannabis con fines medicinales en Argentina dio un gran paso este jueves, tras la publicación del decreto 883/2020, que habilita el autocultivo personal o en red para los usuarios. Además, la nueva normativa permitirá el expendio de aceite, cremas y derivados en farmacias, para aquellas personas que no quieran o puedan cultivar.

De esta manera, se avanza fuertemente en materia de salud, despenalizando y facilitando el acceso a una mejor calidad de vida de miles de argentinos con afecciones más o menos severas.

El pasado 15 de julio, el ministro de Salud, Ginés González García, y la viceministra, Carla Vizzoti, habían presentado esta nueva reglamentación a especialistas y activistas. Poco menos de 4 meses después, el cambio se hizo efectivo y sin dudas se trata del comienzo de una etapa de mayores garantías de acceso a la salud en nuestro país.

Resulta impostergable crear un marco reglamentario que permita un acceso oportuno, seguro e inclusivo y protector de quienes requieren utilizar el Cannabis como herramienta terapéutica”, sentencia el documento.

Como bien argumenta la resolución, las “restricciones reglamentarias” que regían hasta el momento, “configuraron barreras al acceso oportuno del Cannabis por parte de la población y como respuesta a ello, un núcleo significativo de usuarias y usuarios han decidido satisfacer su propia demanda de aceite de Cannabis a través de las prácticas de autocultivo”.

Sin dudas la legalización del cultivo doméstico es uno de los elementos centrales de esta nueva reglamentación, ya que se trata una práctica extendida socialmente de hecho.

“Con el tiempo se fueron organizando redes y crearon organizaciones civiles que actualmente gozan no solo de reconocimiento jurídico sino también de legitimación social”, agrega el decreto.

Además, se reconoce “la situación particular en la que las personas o las familias que atraviesan la enfermedad, cuando tienen a su alcance la posibilidad de atenuar los dolores, adoptan un rol activo, aun asumiendo el riesgo de ser condenadas por la normativa penal vigente”.

Los cultivadores corrían riesgos ante la Ley para poder garantizar una mejor calidad de vida a familiares o allegados, a pesar de la existencia de numerosos espacios sociales dedicados a la divulgación de sus beneficios, así como de su producción.

http://www.info360.net/noticias/tras-un-estudio-el-garrahan-comunico-que-el-cannabis-mejora-sustancialmente-la-calidad-de-vida-de-pacientes-epilepticos/
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Registro de usuarios y ampliación de patologías tratables

Una de las introducciones relevantes que habilita la medida es la efectivización de un registro nacional específico para los usuarios cultivadores “con fines medicinales, terapéuticos y/o paliativos”.

En este sentido, se aclara que en el artículo 8° de la Ley 27.350 se creó “un registro nacional voluntario con el objeto de facilitar el acceso gratuito al aceite de Cannabis y sus derivados”, pero, sin embargo, “no se encuentra operativo”.

Es en esa línea que, “a los fines de proporcionar una respuesta equilibrada entre el derecho de acceso a la salud y la seguridad sanitaria”, se establece el funcionamiento del espacio. Los usuarios o investigadores que requieran el cultivo personal o en red se podrán inscribir en el registro del Programa Nacional del Cannabis, de la Red de Profesionales para el estudio del Cannabis (REPROCANN).

En relación con esto, otra importante modificación a la reglamentación vigente es la ampliación del espectro de patologías susceptibles de ser tratadas con derivados de la planta de cannabis.

El cese de la persecución penal a los cultivadores, una demanda central de los colectivos de usuarios.

La normativa establecida en 2017 estipulaba la posibilidad de importar aceite de cannabis, previa verificación de la ANMAT, para el tratamiento de epilepsias refractarias. Se trata de una mínima proporción de casos de epilepsia, que no responden a los tratamientos convencionales.

En primer lugar, esto restringía la posibilidad de los pacientes de elegir el tratamiento, entre los fármacos tradicionales y este extracto de origen natural. Pero, además, excluía a un gran abanico de patologías, cuyas afecciones pueden ser amenizadas con la aplicación de derivados de cannabis.

Como bien señala la cita expuesta en el inicio de este artículo, la iniciativa habla de garantizar un acceso a “quienes requieren utilizar el Cannabis como herramienta terapéutica”. Esto es: aquellos cuyos tratamientos arrojen resultados positivos.

Impulso del desarrollo científico

La medida sanitaria, además, prevé la profundización del conocimiento y los desarrollos por parte de los profesionales de nuestro país. Es en esa sintonía que se promueve “la creación de una red de laboratorios públicos y privados asociados que garanticen el control de los derivados producidos”.

La resolución expresa: “Es necesario reconocer que el desarrollo de investigación y evidencia científica en el uso medicinal, terapéutico y/o paliativo del Cannabis y sus derivados se encuentra en pleno desarrollo en el mundo”. En relación con esto, insta a “seguir los avances de la ciencia para ir consolidando la política pública y el marco regulatorio vigente”.

Entre otros argumentos, se menciona la recomendación de la Organización Mundial de la Salud (OMS), en 2018, de quitar el cannabis y sus derivados de la lista IV. Se trata de la categoría más estrictamente controlada en la convención única de 1961 sobre estupefacientes.

A principios de este año, Diego Armando Maradona envió un mensaje apoyando el autocultivo con fines medicinales, junto a Mónica Castillo, una de las referentes de la ONG platense "La Semilla".

Además, se da cuenta de las “experiencias a nivel internacional que indican que, en un marco de seguridad y calidad, junto con el acompañamiento médico, se reducen los daños potenciales que el uso del Cannabis de un mercado no controlado puede producir”.

Las precisiones respecto a la cantidad de plantas permitidas, las dosis a vender bajo prescripción médica, y las regulaciones en torno a la calidad del producto cultivado (otro tópico en el cual se hace especial énfasis), se conocerán en resoluciones posteriores de funcionarios.

La certeza, por estas horas, es que se avanza en la garantización de los derechos de acceso a la salud y a una mejor calidad de vida de miles de argentinos, y comienza a allanarse el sinuoso y obstaculizado camino hacia el despojo de los prejuicios alrededor de la planta de cannabis, sus efectos, sus usuarios, y su impacto en la vida humana.

Ver más:

http://www.info360.net/noticias/maradona-apoyo-el-pedido-por-la-legalizacion-del-autocultivo-de-cannabis-con-fines-medicinales/
http://www.info360.net/noticias/unas-56-mil-personas-estallaron-la-expo-cannabis-y-enviaron-un-mensaje-a-los-representantes-politicos/
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