Por: Info360.net
El Gobierno nacional envió este jueves al Senado el proyecto de Reforma Laboral, firmado por el presidente Javier Milei tras su regreso de Oslo. La iniciativa ingresó en el marco de las sesiones extraordinarias y será analizada en comisión la próxima semana, aunque desde La Libertad Avanza insisten en acelerar los plazos. La senadora Patricia Bullrich, jefa del bloque oficialista, pretende que la media sanción llegue antes de fin de año.
El texto sufrió modificaciones durante los últimos días, lo que demoró su envío al Congreso. Aun así, el Ejecutivo confía en avanzar rápidamente en la Cámara alta, ya que el debate en Diputados quedó descartado para lo que resta del 2025. El proyecto plantea una reconfiguración integral de distintos aspectos del régimen laboral argentino.
Uno de los cambios más importantes se da en el esquema de licencias anuales.
El proyecto propone que las vacaciones se otorguen preferentemente entre el 1° de octubre y el 30 de abril, aunque empresas y trabajadores pueden acordar otras fechas. Además, habilita dividir el descanso en varios períodos, siempre que cada tramo tenga un mínimo de siete días consecutivos.
También garantiza que cada trabajador pueda tomarse vacaciones en los meses de verano al menos una vez cada tres años. Si la licencia se interrumpe por enfermedad, los días pendientes deberán reprogramarse obligatoriamente.
El proyecto redefine la indemnización por despido sin causa, que seguirá siendo de un salario por cada año trabajado, pero con topes asociados al convenio colectivo correspondiente. La propuesta también permite que las empresas constituyan fondos de cese laboral —semejantes a un seguro— para afrontar esos pagos.
La iniciativa establece que la indemnización será la única reparación posible, lo que excluye reclamos civiles adicionales. Se revisan además los plazos de preaviso y se mantienen montos especiales cuando el despido se produzca por enfermedad, accidente o fallecimiento del trabajador.
El texto redefine qué se considera remunerativo y qué no.
Los beneficios sociales —comedor, reintegros médicos, guardería, útiles escolares, cursos, entre otros— quedan explícitamente fuera del salario y por lo tanto no generan aportes ni contribuciones.
También se permite crear componentes salariales variables y dinámicos, que pueden surgir de acuerdos colectivos o de decisiones unilaterales del empleador. Estos montos no generan derechos adquiridos, no tienen ultraactividad y pueden modificarse en el tiempo.
Además, se obliga a que todo salario pagado en dinero se deposite por medios bancarios o electrónicos, y se actualiza el sistema de recibos y deducciones.
Uno de los puntos centrales del proyecto es el impacto sobre la ultraactividad.
Los nuevos componentes salariales variables dejan de generar continuidad automática, incluso si se sostienen por largos períodos.
En cuanto a la registración laboral, la iniciativa crea un registro único en ARCA que será la referencia oficial para validar la relación de trabajo. Si una empresa no registra correctamente a un empleado, la presunción legal seguirá favoreciendo al trabajador.
Además, se simplifica la emisión de recibos digitales y se fomenta la trazabilidad mediante herramientas tecnológicas.
El proyecto plantea que los convenios colectivos solo podrán aplicarse a las partes que los firmaron y dentro del ámbito pactado, restringiendo interpretaciones amplias o analógicas.
Se permite que los convenios definan nuevos cálculos para la jornada laboral, establezcan topes al empleo part-time y creen componentes salariales variables.
También se les otorga la posibilidad de reemplazar el sistema tradicional de indemnización por despido por fondos de cese sectoriales, gestionados por cada actividad.
La reforma introduce un nuevo mecanismo de actualización de créditos laborales, atándolos al índice de precios al consumidor (IPC) más un 3% anual adicional.
Se prohíbe la capitalización de intereses, salvo que la mora ocurra después de que la sentencia quede firme.
Para los expedientes que ya están en trámite, se aplicará el esquema de interés moratorio del Banco Central, dentro de límites establecidos para evitar desequilibrios.
El proyecto también regula honorarios: el pacto de cuota litis no podrá superar el 20% y los honorarios totales quedarán limitados al 25% del monto de la sentencia. Si el total supera ese porcentaje, se deberá prorratear entre los profesionales.
Asimismo, los jueces estarán obligados a notificar a ARCA cuando detecten empleo no registrado.
La iniciativa incluye regulaciones sobre la actividad gremial.
Los trabajadores eventuales no podrán ocupar cargos sindicales que tengan protección especial.
Las deducciones automáticas a favor de sindicatos se permitirán solo si están previstas en leyes, estatutos o convenios firmados por la empresa. En cualquier otro caso, el trabajador deberá dar un consentimiento individual por escrito.
Por último, los acuerdos conciliatorios, liberatorios o transaccionales requerirán intervención judicial o administrativa para ser válidos, lo que apunta a reforzar los controles sobre ese tipo de prácticas