Sociales | 10 jul 2024
La Plata
Procesan a militar en La Plata por abuso sexual a dos soldadas voluntarias
El juzgado Federal N°3 de La Plata dictó procesamiento a suboficial acusado de abusar sexualmente de dos subordinadas.
Por: Info 360
En un fallo significativo, el juzgado Federal N°3 de La Plata, bajo la dirección de Ernesto Kreplak, procesó a un suboficial del Ejército por presunto abuso sexual contra dos mujeres subordinadas. La resolución también incluye un embargo de 10 millones de pesos sobre los bienes del imputado.
El acusado y las víctimas prestaban servicios en la Compañía Comando y Servicios del Batallón de Comunicaciones Satelitales 601, en City Bell. La investigación judicial, que abarca hechos ocurridos entre noviembre de 2022 y febrero de 2023, reveló que el suboficial, quien se desempeñaba como superior directo de una de las soldadas, habría cometido los abusos en la oficina que compartían, aprovechando momentos de soledad y cerrando con llave la puerta de acceso.
El juez Kreplak subrayó que el imputado se valió de su posición jerárquica para perpetrar los abusos, actuando en un contexto de autoridad y poder característico de la estructura militar del Ejército Argentino. Según fuentes judiciales, el procesamiento incluye cargos por abuso sexual gravemente ultrajante y amenaza coactiva contra una de las soldadas, y por abuso de autoridad y amenaza coactiva contra la otra.
La fiscalía destacó que las víctimas inicialmente denunciaron los hechos siguiendo la cadena de mando militar, primero ante superiores varones y luego ante una teniente encargada de género en el Batallón 601. Posteriormente, una de las víctimas presentó la denuncia ante la Dirección Departamental de Investigaciones (DDI) de la Policía bonaerense, lo que activó el proceso judicial en el fuero provincial.
El juez determinó que el suboficial imputado "le encomendó a la soldado cumplir ciertas tareas en soledad junto a él, en condiciones que le garantizaran su accionar", reduciendo así el riesgo de ser descubierto y neutralizando las posibilidades de auxilio para la víctima. A pesar de la gravedad de las acusaciones, el magistrado consideró que la conducta procesal del imputado, tanto en el ámbito administrativo como judicial, mitigaba el riesgo de obstrucción de la investigación, motivo por el cual el procesamiento se dictó sin prisión preventiva.
Sin embargo, sigue vigente una orden judicial que prohíbe cualquier acercamiento o contacto del imputado con las víctimas, garantizando así su protección durante el transcurso del proceso judicial.